17 de enero de 2009

Ley de equiparación de oportunidades.

La Ley de Equiparación de Oportunidades se presentó como proyecto en 1997 a razón de los grandes cambios en los modelos de tratamiento e integración de las personas con discapacidad. Fue aprobada como ley en el año 2000.

Dentro de ella me gustaría resaltar unos cuantos artículos que considero muy básicos para comprender los derechos de las personas con discapacidad.

Art. 2.-

La persona con discapacidad tiene derecho a:
  1. A ser protegida contra la discriminación, explotación, trato denigrante o abusivo en razón de su discapacidad.
  2. A recibir educación con metodología adecuada que facilite su aprendizaje.
  3. A facilidades arquitectónicas de movilidad vial y acceso a los establecimientos públicos y privados con afluencia de publico.
  4. A su formación, rehabilitación laboral y profesional.
  5. A obtener empleo y ejercer una ocupación remunerada y a no ser despedido en razón de su discapacidad.
  6. A ser atendida por personal idóneo en su rehabilitación integral.
  7. A tener acceso a sistemas de becas.
Art. 12.-

Las entidades responsables de autorizar planos y proyectos de urbanizaciones, garantizan que las construcciones nuevas, ampliaciones o remodelaciones de edificios, parques, aceras, jardines, plazas, vías, servicios sanitarios y otros espacios de propiedad publica o privada, que impliquen concurrencia o brinden atención al público, eliminen toda barrera que imposibilite a las personas con discapacidades, el acceso a las mismas y a los servicios que en ella se presten. En todos estos lugares habrá señalización con los símbolos correspondientes.

Art. 18.-

El Estado debe reconocer los principios de igualdad de oportunidades de educación en todos los niveles educativos para la población con discapacidad, y velará porque la educación de estas personas constituya una parte integrante del sistema de enseñanza.

Art. 24.-

Todo patrono privado tiene la obligación de contratar como mínimo por cada veinticinco trabajadores que tenga a su servicio, a una persona con discapacidad y formación profesional idónea, apta para desempeñar el puesto de que se trate. Igual obligación tendrá el Estado y sus dependencias, la instituciones oficiales autónomas, las municipalidades, inclusive el Instituto Salvadoreño del Seguro Social y la Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa. Para determinar la proporción de trabajadores establecida en el inciso anterior, se tomara en cuenta a todos los obreros y empleados de las Instituciones señaladas.

¿Ver toda la Ley? click aquí. Si van a copiarla o descargarla ojo con la ortografía.

Ah y pregunto... ¿Se cumple esta ley? o aún mas específicamente ¿ Se cumplen estos artículos en El Salvador?


7 comentarios:

  1. De los artículos que has escrito, no se cumple NINGUNO y supongo que en la Ley de Equiparación de Oportunidades, deben de haber muchos más que tampoco se cumplen.
    Es triste, esta es la realidad en EL Salvador.

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  2. Es fácil escribir leyes... lo dífil es cumplirlas... En El Salvador, y en muchos países, hay Constituciones por hecho de existir... Es un requisito que cumple el país y nada más, como quien dice, POR SALIR DEL COMPROMISO... Tal vez, de todos los artículos referentes a este tema es un mínimo porcentaje el que se cumple, o por lo menos se trata de cumplir, como el art.2 numeral 2. Pero hay que ser iluso para suponer que se práctica todo esto al 100%. Seguramente no llegará ni a la 3ª parte…

    Sin embargo, no generalizo. Hay países que le dan cierta importancia a este tema... O por lo menos acá, en España... Claro está, comparando con El Salvador... Aunque quizá casi cualquier país es mejor que El Salvador...

    Por cierto, gracias por el saludo! =D

    F. Susanita

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  3. Bueno Susanita, en El Salvador hay pocas oportunidades para todos, tengamos o no discapacidad, estemos o no preparados.
    En un país donde la evasión legal, el nepotismo y la corrupción estan a la orden del día no se puede esperar mucho.
    Pero en relacion a las oportunidades y apoyo que se nos da al resto, no es poco lo que reciben las personas con discapacidad.
    No es que eso alegre, pero es algo.

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  4. bueno en est pais no se esta poniendo en practic la ley de equiparaciones.. porq en ningun trabajo q yo tengo conocimiento no hay mas de 2 empleados con discapacidad a pasar de la gran demandad q existe de empleo claro hay q observar q existe una ley la hay pero no asi contratos para ellos porq... bueno toda empresa quiere q sus recursos sean productivos en sus afanes de negocio mas sin embargo estan votando una riqueza en todo sentido pero como todo empresario no es sentimentalista asi q en est pais estamos lejos a q lo exista q ni existe para los""sanos"" ahora digamos para las personas con discapacidad....
    sigue siempre adelante...
    y ya q nosotros no practicamos estas cosas, siempre hay alguien para recordarnosla... gracias!!
    f.. J.J..

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  5. Comparto la opinión anterior... Me vino a la mente los anuncios de la Diana, en donde el o la protagonista es alguna persona con discapacidad; pero supongo que eso es simple propaganda para beneficio propio... no para apoyar a estas personas, sino que lo hacen con fines de lucro... Pero igual, una o dos personas discapacitadas trabajando en una empresa no es nada para las muchas personas con esta cualidad que necesitan trabajar; quizá algunas no por necesidad económica, sino por sentirse útiles en la sociedad... Una cosa escribiré... No se necesita ser discapacitado para tener el deseo de ser útil o "valorado" en este mundo...

    F. Susanita

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  6. al Estado no le ha parecido invertir ya que no espera obtener devolucion en la inversion el trabajo con las personas en situacion de desventaja es a conciencia y con un sentido de humanidad

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  7. Lastimosamente esta ley como muchas en El Salvador no se cumplen por gusto tanta propaganda y la poca falta de supervision de la misma en las diferentes empresas sean estas de gobierno o privadas

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Gracias por sus comentarios.
No olviden poner su nombre y su país